Las fiestas populares y patronales de los pueblos, ciudades y barrios son muy comunes durante el verano y principios del otoño. El problema es que no todos los vecinos las disfrutan por igual, y una de las principales razones es por el exceso de ruido.
Antes sólo se demandaba al emisor de dicha contaminación acústica, pero con el tiempo y la jurisprudencia, se ha ido asentando la necesidad de vigilar, evitar y sancionar las molestias que afecten al correcto discurrir de la vida y el sueño de los vecinos. Es por eso que las administraciones públicas tienen la obligación de vigilar (culpa in vigilando) y sancionar (en su caso), la contaminación acústica por ruidos, sea quien sea el emisor.
Y es que la contaminación acústica puede provocar diferentes síntomas tales como ansiedad, irritabilidad, disminución de la productividad, agresividad, problemas de sueño, cansancio, aumento de presión arterial, dolor de cabeza, de estómago… Por tanto, no hay que conformarse ni aguantar una situación en la que los ruidos estén afectando a nuestra calidad de vida ni a nuestro descanso nocturno.
¿QUÉ DICE LA LEY?
La Directiva Europea 2002/49/CE sobre Ruido Ambiental, define dicho ruido como «el sonido exterior no deseado o nocivo generado por las actividades humanas, incluido el emitido por los medios de transporte y por emplazamientos de actividades industriales». La Directiva se aplica «al ruido ambiental al que estén expuestos los seres humanos», que se produce en particular en zonas urbanizadas, en parques públicos u otros lugares tranquilos dentro de una aglomeración urbana, en zonas tranquilas en campo abierto, en proximidades de centros escolares y alrededores de hospitales, así como en otros edificios y lugares vulnerables al ruido.
Por ello, la Ley 37/2003 del Ruido definió la contaminación acústica como la presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que impliquen molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, incluso cuando su efecto sea perturbar el disfrute de los sonidos de origen natural, o que causen efectos significativos sobre el medio ambiente.
Además, el artículo 47 de la Constitución establece que «todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho…» También se regula el mandato de proteger la salud (artículo 43) y el medio ambiente (artículo 45), que engloban en su alcance la protección contra la contaminación acústica.
¿CÓMO RECLAMAR POR RUIDOS MOLESTOS?
- Guarda las pruebasque puedas obtener legalmente sobre la existencia del ruido (fotografías, grabaciones, informe psicológico, etc)
- Únete a otros vecinos afectados por el ruido. Si planteas el problema a tu Comunidad de Propietarios, la demanda tendrá más fuerza ante los tribunales.
- Busca la Consejería o departamento competente en materia de medio ambiente del Ayuntamiento de la zona en la que vivas o trabajes, y envíales una denuncia por ruidos (es una reclamación administrativa contra el responsable). En el caso de la mayoría de las fiestas patronales, que están organizadas por los Ayuntamientos, se suele relajar el propio cumplimiento de la normativa en materia de contaminación acústica. Si es responsabilidad del Ayuntamiento, es a ellos a quienes hay que exigirles.
El Ayuntamiento no puede ignorar sus obligaciones de defender el derecho fundamental del ciudadano a su salud y a la inviolabilidad de su domicilio; aunque los afectados representen solo una minoría. Si el Ayuntamiento ignora y permite que se pisoteen tus derechos, puedes exigir en los tribunales el cese del ruido o toda la minoración que sea posible en sus domicilios, así como reclamar indemnización por daños morales. La vía para ello será la contencioso-administrativa.
- Pide soluciones para evitar el exceso de ruido tales como elegir el lugar donde menos perjuicios causen, hacer cumplir los horarios de festejos y la normativa sobre el consumo de alcohol en la calle, o reducir el volumen de los amplificadores en los conciertos y controlar el aforo.
Si necesitas más información o poner una denuncia por ruidos y contaminación acústica, en Solano Abogados te ayudamos. ¡Llámanos!