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ME QUIERO COMPRAR UNA CASA ¿QUÉ TRÁMITES DEBO HACER?

La compra de una vivienda es una de las decisiones más importantes en la vida de una persona, y cualquier ayuda es bien recibida: saber escoger bien el tipo de vivienda, conocer las posibilidades económicas, realizar los trámites correspondientes…Por eso es importante contar con profesionales que te asesoren y defiendan tus derechos como comprador.

Contrato de arras

En primer lugar, se formalizará la señal o contrato de arras con el vendedor para asegurar los términos de la compra, este documento es de suma importancia y es imprescindible que lo redacte un abogado. Hay distintos tipos de contratos de arras, por ello es de suma importancia que lo redacte un experto.

Posteriormente y como paso previo, el notario donde se vaya a firmar la compra e hipoteca y con antelación al día de la firma, explicará las condiciones del préstamo hipotecario y aclarará las dudas que existan. De forma posterior, la entidad bancaria se encarga de preparar la firma de escrituras de préstamo hipotecario ante notario.

La escritura de compraventa se confecciona en la notaría, con la revisión de un abogado, para proteger los intereses del comprador tanto en el momento de la firma, como con posterioridad a ella en el caso de defectos o vicios ocultos.

El Banco facilita el pago de la vivienda según lo acordado y, además, se encargará de inscribir en el Registro de la Propiedad tanto la transmisión de la propiedad a favor del comprador, para defender su derecho frente a tercero, como la hipoteca y asegurar que se realiza el pago de los impuestos necesarios que conlleva la transacción. Cabe recordar que la entidad también se hace cargo de todos los gastos derivados del préstamo hipotecario (salvo los de tasación) y el cliente asume los que se originen por la compraventa de la vivienda.

¿QUÉ DOCUMENTOS HACEN FALTA PARA COMPRAR UNA VIVIENDA?

Nota simple

La Nota Simple del Registro de la Propiedad facilita la información clave sobre la propiedad (si es un solar, una vivienda, los metros reales construidos y útiles, si existen cargas que gravan la vivienda, etc….

Últimos recibos del IBI y suministros

Para evitar sustos y evitar que existan pagos pendientes a posteriori, tienes que asegurarte de que el propietario ha hecho frente a los últimos recibos tanto del IBI, como de la comunidad de propietarios. Solicita el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, (también conocido como IBI) y de los suministros con los que cuente la vivienda.

Además, para mayor confirmación y para tu tranquilidad económica, puedes contactar con el administrador de fincas y comprobar que no hay cuotas pendientes de pago si el piso depende de una comunidad.

Nota catastral

En ella se detalla la superficie construida y las partes comunes (si es un piso) o de parcela (si es un chalet). La información del catastro es fundamental para descubrir si existen discrepancias en la superficie del bien inmueble que vamos a adquirir.

Cédula de habitabilidad

En los casos en los que se trata de una obra nueva, la cedula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, o en su caso si está en trámites, la declaración responsable para la primera ocupación por parte de la vendedora en la que manifiesta bajo su responsabilidad, de forma clara y precisa que la actuación urbanística que pretende realizar cumple con los requisitos exigidos en la normativa urbanística.

Se trata de un documento administrativo, que te asegura que la vivienda cumple los requisitos mínimos de salubridad, higiene y solidez para ser habitadas.

Certificado de Eficiencia Energética

Es un documento expedido por un técnico acreditado que te indicará las características energéticas del piso que quieres comprar, tiene una validez de diez años.

El acta de la comunidad de propietarios

Sirve para conocer si existen impagos por parte de algún vecino del recibo de la comunidad y si ya están reclamados o en fase judicial; si hay derramas ejecutadas o por ejecutar que inciden en el precio de negociación del inmueble.


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